¿La reforma de la Ley de Costas traerá el beneficio que promete?

Asegura el Gobierno del Estado que la reforma de la Ley de Costas, aprobada el pasado día 9 de mayo, traerá grandes beneficios para Canarias. Según el ejecutivo, aportará “racionalidad y sentido común” a nuestras costas, ya que trata de solucionar los problemas que hemos arrastrado durante años: de inseguridad, incertidumbre y desprotección, que no ayudaban nada ni a la protección de nuestras costas ni a mejorar la situación social y económica del Archipiélago.
Las concesiones, por ejemplo para hoteles y restaurantes, que se extinguirían en 2018 y provocarían su demolición y el consiguiente perjuicio para el sector y sus trabajadores, podrán disfrutar de una prórroga de hasta un máximo de 75 años según los usos, lo que dará continuidad a la actividad y tranquilidad a los inversores. Además, se amplían los plazos para nuevas instalaciones y actividades como la restauración o el deporte náutico.
De los 70 núcleos costeros que en Canarias hay afectados por la anterior ley de Costas (32 en la provincia de Las Palmas y 38 en la de Santa Cruz de Tenerife), las dos demarcaciones de Costas trabajarán con los ayuntamientos y la comunidad para estudiar cada caso y analizar su afectación por la modificación de la zona de servidumbre.
La Ley diferencia entre los tramos urbanos y naturales de las playas, preservando las playas vírgenes al limitar en ellas tanto las ocupaciones como las actividades, y aumentando en todo caso su protección. En el caso del uso urbano de las playas, se podrán utilizar para eventos que tengan interés turístico con máximas garantías medioambientales.
Se podrán permitir los usos comerciales y de restauración en la zona de servicio portuaria, donde se prohíben las edificaciones para residencia o habitación.
Las edificaciones próximas al mar como hoteles, clubes y tiendas, entre otras, podrán realizar obras de modernización y mejora, lo que hasta ahora estaba muy limitado y aumentarán la competitividad y la calidad de su oferta.
La nueva Ley prohíbe también nuevas edificaciones en el litoral, tanto en el dominio público marítimo terrestre (ribera del mar y de las playas), como en su zona adyacente de servidumbre de protección.
Se mantiene la prohibición de la edificación residencial en la costa, y se refuerza con mecanismos específicos preventivos, prohibiendo también que las obras de mejora impliquen aumentos de tamaño, altura o superficie.
Igualmente, excluye núcleos de población (no los amnistía porque ya eran legales) del domino público terrestre porque son terrenos de núcleos urbanos, habitados desde antes de 1988, que afectan en su mayoría a viviendas sencillas de barriadas populares, no a hoteles o empresas. En concreto, el proyecto de ley excluye del dominio público marítimo terrestre un total de 12 municipios, ninguno de Canarias.
Además, en esta reforma se mantiene la anchura de la servidumbre de protección en 100 metros y únicamente se especifica cómo se aplica la regla especial de los 20 metros, ya prevista en la Ley de 1988. Eso sí, se prohíben expresamente nuevas edificaciones en estas áreas. La reducción de la servidumbre sólo se podrá producir respecto de núcleos costeros que antes del año 1988 tuvieran un carácter urbano, según unos requisitos marcados en la disposición transitoria primera de la Ley, y solamente para el núcleo delimitado. Por tanto, la norma defiende que no se podrán autorizar nuevas construcciones dentro de los núcleos delimitados.
En cuanto los chiringuitos, la Ley mantiene los usos permitidos y prohibidos en el dominio público marítimo terrestre y les dará más seguridad, en cuanto a plazos y condiciones de la concesión, a la vez que se les exigirá más en términos de ordenación y cuidado de las playas. ●